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CINCO DOCENTES SON SEPARADOS DE SUS CARGOS POR VIOLACIÓN A LA LIBERTAD SEXUAL CONTRA SUS ALUMNOS


Sus fotografías y datos pasarán a ser parte del Registro Nacional de Docentes Sancionados, informó el viceministro Víctor Raúl Díaz Chávez.

El Ministerio de Educación separó definitivamente de sus cargos a cinco profesores sentenciados, en distintas partes del país, por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de sus alumnos, informó hoy el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez.

“El objetivo de la medida es para que estos malos docentes no vuelvan a pisar, nunca más, un salón de clase”, dijo el viceministro al tiempo de indicar que las fotografías y datos generales de los sentenciados se publicarán en su página web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Se trata de los docentes Alipio Tapullima Salas, sentenciado por el Juzgado Mixto de la Provincia El Dorado, en San José de Sisa (Tarapoto), a 20 años de pena privativa de la libertad, así como de Juan Erick Fuentes Tarrillo, condenado a 10 años de cárcel por el Juzgado Especializado en lo Penal de Ferreñafe (Lambayeque).

También fueron separados de por vida de las aulas, Víctor Carazas Rodríguez, a quien el Juzgado Especializado en lo Penal de Islay (Arequipa) lo condenó a 4 años de pena privativa de la libertad. La misma suerte corrió el docente William Chong Dávila, condenado a 3 años de cárcel por el Segundo Juzgado Penal del departamento de San Martín.

El otro profesor, condenado por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de sus alumnos, es Roque Roberto Rivera Franco, quien luego de un proceso en el Juzgado Mixto de la provincia General Sánchez Cerro – Omate, fue condenado a 2 años de pena privativa de la libertad.

Los cinco profesores mencionados pasarán a ser parte del Registro Nacional de Docentes Sancionados por actos contra el pudor en agravio de sus alumnos.

La Ley Nro. 27911, que regula las medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos antes mencionados, señala que “la condena ejecutoriada o consentida por delito de violación de la libertad sexual en agravio de un educando acarrea la separación definitiva o destitución automática del docente o personal administrativo”. Agrega, que “la sanción administrativa se aplicará aún si el Juez dispone la suspensión de la ejecución de la pena o la reserva del fallo condenatorio”.

Además, en julio del año pasado, el Ministerio de Educación publicó en el diario Oficial El Peruano, la directiva Nro. 006-2009-ME/SG, aprobada por la Resolución Ministerial Nro. 0201-2009-RD, que sanciona dicho delito con la separación definitiva del cargo.

Lo que se busca es lograr conductas preventivas que promuevan un ambiente laboral saludable, así como la sanción oportuna a los responsables.


[8-2-2010]
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